¿Es obligatorio asegurar si la raza del perro no está catalogada como peligrosa, o no está adiestrado para el ataque?

Los propietarios no estarían obligados a contratar el seguro de Responsabilidad Civil para estos casos. Al no ser que pertenezcas a las CCAA de Madrid o País Vasco, en ese caso la legislación exige la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil para todos los perros, independiente de su raza o características.

La Ley Española dispone de una regularización específica par los perros potencialmente peligrosos, por la que los propietarios están obligados a contratar un seguro de Responsabilidad Civil, para estas razas:

  • Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American StaffodshireTerrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu y cruce de las mismas. Además de aquellas citadas por normativas autonómicas: Bóxer, el Bullmastiff, el Dobermann, el Dogo de Burdeos, el Dogo del Tíbet, el Mastín Napolitano, el Tosa Japonés, el Presa Canario o el Presa Mallorquín, y el cruce de las mismas.

En cuanto a perros peligrosos, el estado deja libertad a las Comunidades Autónomas de fijar un mínimo capital de la cobertura, siempre partiendo de la mínima fijada por el país que es de 120.000 €. Puedes comprobar el limite de tu CCAA:

 

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