Garantía de Recuperación de la vivienda ocupada por Allanamiento de Morada.

Hola !! en este nuevo post queremos explicarte esta novedosa cobertura, de las pólizas de Hogar.

Se entiende por morada tanto la residencia principal como la secundaria, en cuanto constituyan su hogar y espacio íntimo y privado de desarrollo personal y familiar, siempre que residas en ella como propietario o arrendatario legítimo de la vivienda. El allanamiento de morada es la entrada violenta en ésta, sin el consentimiento de su titular, y realizada con fuerza en las cosas o intimidación o violencia sobre las personas que legítimamente la habitan o guardan.

Recuperación de la vivienda ocupada por allanamiento de morada

Las coberturas que vamos a explicarte se dirigen a la recuperación de la vivienda asegurada, reparación de daños en la misma y la compensación de gastos de alojamiento temporal en el supuesto de sufrir una ocupación ilegal considerada allanamiento de morada.

Coberturas

Actos de vandalismo por el ocupante ilegal (allanador)

Cubre los daños materiales en los bienes asegurados como consecuencia directa de actos malintencionados, que, con ánimo de destruir, hayan podido ser cometidos por las personas que hubieran allanado la vivienda asegurada descrita en esta póliza, cuando sea su morada, una vez recuperada. Se incluye el cambio de la cerradura de la puerta o puertas de acceso a la vivienda.

Inhabitabilidad temporal

Cubre los gastos de alojamiento temporal mientras no se pueda disponer de la vivienda en condiciones mínimas de habitabilidad.

Acciones para recuperación de la vivienda

A cargo de una compañía especializada en ello, incluiría:

  • Ayuda legal 24 horas, a consecuencia de una situación de urgencia relaciona con el allanamiento de morada, este servicio telefónico no incluye la redacción de informes.
  • Honorarios de intermediación, si se opta por negociar con los ocupantes de la vivienda, queda cubierta la búsqueda, selección y pago de honorarios de un despacho de abogados especializado, máximo 3.000 € por siniestro y anualidad.
  • Asistencia psicológica, mientras dure la ocupación y hasta seis meses después de recuperar, y previa autorización, se podrá acceder a consultas y terapias de psicólogos y psiquiatras, con un límite de 3.000 € por siniestro y anualidad.
  • Defensa jurídica, hasta un límite de 6.000 € por siniestro y año, los gatos administrativos y judiciales para recuperar la posesión de la vivienda por denuncia o querella y:
    • Honorarios y gastos de abogado.
    • Derechos y suplidos del procurador, cuando sea preceptiva su intervención.
    • Gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos, así como las actas, requerimientos y demás actos necesarios para la defensa de sus intereses.
    • Honorarios y gastos de peritos, cuando sean necesarios.
    • Costas judiciales.